El Soberbio no descarta llamar a convencionales

Los ediles del Partido Agrario y Social (PAyS) de esta El Soberbio no descartan realizar un pedido para convocar a elecciones de convencionales constituyentes luego del fracaso del referéndum para modificar la Carta Orgánica Municipal y terminar con la reelección indefinida.
Es que si bien ganó el sí a la reforma del artículo 35, para limitar a ocho años el mandado de intendente y viceintendente, no se alcanzó el porcentaje de votos necesarios para su modificación ya que de los 12.531 electores que emitieron su voto, solo el 11% optó por el sí. “Faltó divulgación de todos los sublemas.
La gente no se enteró y en algunos casos no se entendió de qué se trataba”, expresó el concejal del PAyS, Nelson Brettin quien además fue el autor del proyecto de convocatoria de la consulta popular.
Es que según detalló el edil muchos candidatos no hablaban del tema porque creían que harían publicidad al sublema de Brettin que logró conservar su banca en el Concejo Deliberante local.“Se podría llamar a convencionales para adecuar la Carta Orgánica, pero eso generaría gastos al erario público”, señaló Brettin.
En consonancia, el concejal también del PAyS Jorge Sosa señaló que “si bien desistirán del referéndum”, el cual podría volver a convocarse dentro de un año, no descartó la posibilidad de una reforma total de la Carta Orgánica a través de una convocatoria a convencionales constituyentes.
“Hay muchos aspectos que se podrían considerar. Para el referéndum faltó información, faltó divulgación tanto de los partidos como del Ejecutivo municipal. Muchos nos enfocamos con el afán de llegar con las campañas propias y se dejó de lado el referéndum”, sostuvo Sosa.
Apreció además que una consulta de tal envergadura es muy difícil de llevar a cabo en una localidad como El Soberbio donde predomina la zona de colonias. “Cuesta mucho llegar a todos los ciudadanos con la información, muchos rechazan la novedad y es muy difícil lograr este cambio”, opinó.
Cabe destacar que la consulta proponía que el artículo 35 quedara redactado de la siguiente manera: “Los cargos del Ejecutivo Municipal de intendente y viceintendente durarán cuatro años en el ejercicio de sus funciones y podrán ser reelectos por un período consecutivo, no pudiendo alternar, ni ser candidatos a ninguno de los cargos municipales, debiendo aguardar un período constitucional para volver a postularse”.