Tras el cierre de la causa penal, la familia de Juanita demandará al ICRA y a la empresa de viajes

15/05/2025
Tras el cierre de la causa penal, la familia de Juanita demandará al ICRA y a la empresa de viajes

Aunque la Justicia archivó la causa penal por la muerte de la adolescente posadeña, la querella iniciará acciones civiles contra el colegio, la empresa organizadora del viaje y su aseguradora. Para la familia, hubo negligencia.

La querella en la causa por la muerte de Juanita Sirimarco Díaz, la adolescente de 13 años fallecida en octubre de 2024 tras regresar de su viaje de egresados a Villa Carlos Paz, avanzará ahora por la vía civil. El abogado Miguel Cassettai, en representación de Claudia Díaz —madre de la menor—, confirmó que iniciarán una demanda contra el Instituto Cristiano República Argentina (ICRA), la empresa turística responsable del traslado y su aseguradora.

 

Juanita Milagros Sirimarco Díaz (13) falleció el 12 de octubre tras volver de un viaje de egresados a Córdoba.

La decisión se conoció luego de que el juez de Instrucción N.º 6 de Posadas, Ricardo Balor, resolviera archivar la causa penal al considerar que no hubo delito ni negligencia por parte de los adultos a cargo del viaje. El fallo, que coincidió con el dictamen del fiscal René Casals, generó reacciones encontradas en la comunidad educativa y en el entorno familiar de la víctima.

Para los representantes legales de la familia, la calificación del hecho encuadra en un homicidio culposo, y apuntan principalmente a la docente del ICRA y a los coordinadores de la empresa organizadora. Pese al cierre del proceso penal, este jueves se formalizará una apelación contra la resolución judicial, al tiempo que se avanza con una demanda por daños y perjuicios.

El caso

Juanita había regresado a Posadas tras participar del viaje de egresados de nivel primario junto a sus compañeros del ICRA. Durante el trayecto de regreso comenzó a manifestar síntomas de malestar, y su familia la llevó al Hospital Pediátrico Fernando Barreyro, donde falleció el 12 de octubre por un cuadro de Influenza B que derivó en un shock séptico.

La investigación judicial, que se extendió por más de seis meses, concluyó que no existieron elementos suficientes para imputar responsabilidad penal. El juez Balor argumentó que los adultos actuaron con la diligencia razonable esperable en un contexto de emergencia médica. La causa se vio limitada por la imposibilidad de realizar una autopsia, ya que el cuerpo de la menor fue cremado.

Entre los testimonios recogidos figuran los de docentes, coordinadores, padres acompañantes y personal médico. Una enfermera que integraba el grupo sostuvo que nunca percibió una situación de riesgo inminente. Incluso se detalló que la madre de la menor había solicitado una ambulancia en lugar del traslado en un vehículo de la empresa, lo que habría generado una demora.

En su resolución, el juez descartó una posible omisión de auxilio y consideró que no pudo acreditarse una relación directa entre el accionar de los adultos y el trágico desenlace. “Se trató de una infección de rápida evolución que excedía la capacidad de previsión de los responsables”, expresó en el fallo.

Aunque el expediente penal fue cerrado, la causa seguirá abierta en la instancia civil, donde la familia busca obtener una reparación económica por lo sucedido.

 

 

 

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